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PROINDIVISO

¿Que es un proindiviso?

¿De que se trata?

El concepto de proindiviso se da cuando un bien pertenece a varios propietarios en común, por lo que ninguno de ellos tiene el derecho pleno sobre su propiedad. Puede parecer un poco extraño o incluso lejano, pero quizás suene un poco más si utilizamos un sinónimo: copropiedad.

En España, es muy frecuente encontrase con que dos o más personas compren en común o reciban en herencia una vivienda o una finca, en cuyo caso dichas personas compartirán la propiedad de este bien inmueble, que será considerado un proindiviso.

La legislación española, considera indeseable una situación de proindiviso en el que no haya acuerdo entre las partes, por lo que ofrece a los copropietarios la posibilidad de disolver la comunidad de bienes que conforma el proindiviso, mediante actuación judicial.

Habitualmente, estas desavenencias ocasionan acuerdos pocos acuerdos satisfactorios para las partes en litigio, ocasionando hasta su solución múltiples gastos y tiempos de demora que son imposibles de cuantificar, por lo que la opción más practica es la de rentabilizar de manera directa y rápida la parte propia, evitándose la desagradable situación.

Pero…. ¿puedo vender sin más mi proindiviso, es decir, mi parte de la copropiedad? La respuesta es SI, siempre y cuando este dicha parte registrada previamente a su nombre.

Esta solución es de aplicación a cualquier tipo de inmueble, incluyendo los que puedan encontrase embargados, haciendo que el propietario se libere del problema.

¿Puedo vender mi parte sin cometer una ilegalidad?

SI, rotundamente SI, ya que la ley indica que ninguna persona esta en la obligación de ser copropietario, por lo que se puede vender la parte correspondiente, independientemente del porcentaje que sea.

¿Cuándo se cobraría la venta de mi copropiedad o proindiviso?

El pago se realizara mediante talón conformado o transferencia en el mismo acto de compraventa al realizarse este ante el notario. Podemos plantear, en caso de que sea necesario, alternativas según la necesidades del copropietario asi sea su caso en particular.

¿Se tiene que avisar al resto de copropietarios?

No existe obligación legal alguna, por lo que todo el proceso se realiza de forma totalmente confidencial y con discreción absoluta

¿Tengo que pagar algún gasto o impuesto?

En cuanto a los gastos, todos corren por cuenta nuestra, tanto los de notaria como los de registro. El unico impueto al que esta obligado el copropierio es a la PLUSVALIA MUNICIPAL.

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